El perfil del contratante contiene la información relativa a la actividad contractual de los órganos de contratación, cumpliendo así la necesaria obligación de transparencia y facilitando el acceso a la información relativa a esta materia a través de Internet.
Puede acceder a toda la información en la sección ‘Perfil del Contratante’ dentro del portal de la Sede Electrónica: ACCEDER
La información mínima contenida en el perfil del contratante será la prevista en el artículo 63.3 de la Ley 9 de 8 de Noviembre de Contratos del Sector Público.
Asimismo, también deberá hacerse pública la demás información contenida en los restantes apartados del citado precepto, en la forma y condiciones previstas en los mismos.
La información relativa a contratos menores habrá de publicarse, al menos, trimestralmente.
En determinados supuestos en los que se considere que la publicación puede ser contraproducente, se permite la no publicación de determinados datos relativos a la celebración del contrato, siempre que se justifique en el expediente por el órgano de contratación, siendo necesario informe del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en el que se aprecie si el derecho de acceso a la información pública prevalece o no frente a los bienes que se pretenden salvaguardar con su no publicación.